Incapacidad Permanente Absoluta por Dolor crónico y patología psiquiátrica

Antonio Navarro Rubio & Asociados 27/06/2017

COMUNICADO A LA ASOCIACIÓN DEL DEFENSOR DEL PACIENTE

 

DOÑA P.B.S. de 44 años de edad, presenta desde el año 1985 fractura patológica trocantereo defisaria derecha y tendinitis de cadera bilateral, que le han venido limitando funcionalmente, tanto para cualquier actividad laboral como para las actividades de su vida diaria, motivo por el cual está absolutamente incapacitada para el ejercicio de cualquier actividad laboral, ya que viene padeciendo dolor muy limitante en ingle, pelvis y trocánter mayor izquierdo, lo cual ha precisado de multitud de sesiones de Rehabilitación. El dolor crónico que DOÑA P.B.S. padece en relación a la trocanteritis bilateral, sin mejoría y con tratamiento conservador, así como el dolor crónico generalizado por Fibromialgia, le impide realizar su vida habitual, por lo que está en tratamiento en la Unidad del Dolor, siéndole administradas fuertes medicaciones como la lidocaína intravenosa.

 

Como consecuencia DOÑA P.B.S. ha desarrollado una grave patología psiquiátrica consistente en Trastorno depresivo recurrente y moderado y Trastorno de personalidad limite y mixto, por lo que viene estando en seguimiento en el Servicio de Psiquiatría del Hospital Universitario Infanta Cristina, en tratamiento con diversos fármacos psiquiátricos y varios ingresos por ideación autolítica y con intentos autolíticos por sobreingesta medicamentosa y autolesiones. Refiere pérdida de memoria, ansiedad, insomnio, dolores crónicos, agobio, tristeza, alteraciones senso-perceptivas en forma de pseudo-alucinaciones e ilusiones congruentes con el estado de ánimo. Presenta sentimientos de minusvalía y abandono, con temor al rechazo interpersonal y sensación de no estar atendida. Presenta ideas autolesivas llegando a realizar gestos auto-lesivos. Los síntomas psiquiátricos están en relación con su estado físico y los dolores crónicos, persistentes a lo largo del tiempo y que influyen de manera importante en su rendimiento y dificultad para realizar actividades. Desde el punto de vista psiquiátrico se han realizado ajustes farmacológicos y actualmente está derivada a psicoterapia grupal. Pese al tratamiento actualmente la paciente mantiene sintomatología activa y es muy probable que la mantenga.

 

DOÑA P.B.S. está valorada desde hace dos años por el Centro Base nº 2 y dada su situación, se viene valorando su discapacidad debido a que su situación social y sanitaria la limita para su inserción laboral y se le reconoció por la Consejería de Asuntos Sociales un Grado Total de Discapacidad del 58%.

 

DOÑA P.B.S. AUN CONTINUA EN TRATAMIENTO FARMACOLÓGICO PSIQUIATRICO Y EN UNIDAD DEL DOLOR Y ACUDIENDO A CONSULTA, SIN RESULTADOS CURATIVOS.

 

Con fecha 19 de junio de 2017, el Juzgado de lo Social nº 40 de Madrid, ha dictado Sentencia en la cual se estima la demanda interpuesta, declarando a la demandante en situación de Incapacidad Permanente Absoluta, condenando a los organismos demandados a estar y pasar por esta declaración y a la entidad gestora al abono de la prestación correspondiente consistente en el 100% de la base reguladora de 355,75 euros y efectos desde el 24 de junio de 2017.

 

El Letrado colaborador de La Asociación del Defensor del Paciente ha sido DON ANTONIO NAVARRO RUBIO.

 

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