Mapfre Seguros de Empresas

Antonio Navarro Rubio & Asociados 21/01/2018

COMUNICADO A LA ASOCIACIÓN DEL DEFENSOR DEL PACIENTE

DOÑA A.M.S.G. tenía 55 años de edad en el momento de los hechos.

 

Con fecha 29 de Marzo de 2013 DOÑA A.M.S.G. es atendida en su domicilio por la UVI móvil, ya que presentaba un cuadro de epigastralgia e irradiación a hipocondrio derecho, pérdida de fuerza en miembro inferior derecho y puño percusión renal positiva. Bradicardia y electrocardiograma en ritmo sinusal con signos de hipertrofia de ventrículo izquierdo. Tras pautar medicación, mejora de la epigastralgia, pero el dolor en hipocondrio derecho (Murphy positivo) no mejora, así como la pérdida de fuerza del miembro inferior.

 

Dado el cuadro, DOÑA A.M.S.G. es trasladada al HOSPITAL ERNEST LLUCH DE CALATAYUD, con el diagnóstico de dolor abdominal y epigastrio, quedando ingresada. No se hace mención a dolor torácico en ningún momento, sino a cuadro de mal estar general de 24 horas junto con dolor epigástrico de reciente comienzo con dolor en hipocondrio derecho.

 

En la exploración física refieren Murphy muy positivo y defensa epigástrica voluntaria sin signos de irritación peritoneal. NO HAY MENCIÓN AL PUÑO PERCUSIÓN POSITIVA NI A LOS PULSOS PEDIOS MENCIONADOS EN EL INFORME DEL MÉDICO DE LA UVI MÓVIL.

 

DOÑA A.M.S.G. se realiza UNA radiografía de Tórax y se establece que el mediastino está ensanchado junto con cardiomegalia y no derrames ni consolidaciones, y ecografía abdominal donde no se objetiva nada. La analítica realizada en el HOSPITAL ERNEST LLUNCH DE CALATAYUD presenta niveles de enzimas cardiacas, tan solo un registro, EN EL CENTRO SOSPECHAN DE UNA GASTRITIS AGUDA Y ES DADA DE ALTA.

 

Una vez en su domicilio y A LAS POCAS HORAS, DOÑA A.M.S.G. es atendida de urgencia por los médicos de la UVI, falleciendo por PARADA CARDIORESPIRATORIA,

 

En la Autopsia realizada por la forense Doña Aranzazu Ortubia Ceamanos, se establece que la paciente presentaba una rotura de aneurisma de aorta secundaria a un infarto de miocardio.

 

 

El 28 de diciembre de 2017, el Juzgado de 1ª Instancia nº 74 de Madrid, dictó Sentencia en la cual se estima parcialmente la Demanda interpuesta contra MAPFRE SEGUROS DE EMPRESAS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., condenando a la demandada a abonar al marido DON L.A.S. la suma de 93.840,51 €; y a su hijo DON D.A.S. la suma de 15.640,09 €, así como al abono de los intereses del art. 20 LCS desde la interposición de la demanda hasta su completo pago.

 

El Letrado colaborador de La Asociación del Defensor del Paciente ha sido DON ANTONIO NAVARRO RUBIO.

Sentencia

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